La política salarial para el próximo año prohíbe la creación de nuevas plazas así como el pago de compensaciones y horas extraordinarias, que no estén plenamente reguladas, fundamentadas, motivadas y autorizadas por la Comisión de Gasto-Financiamiento.
Se limita al máximo la contratación de personas físicas y morales para asesoría, consultoría, estudios, investigaciones y capacitación, así como de personal eventual, de acuerdo con el proyecto de presupuesto que se analiza en el Congreso del Estado.
Las dependencias del Ejecutivo estatal tendrán que abstenerse de presentar propuestas de reestructuración administrativa que impliquen erogaciones adicionales de recursos, sin que por ello demerite su productividad y eficiencia, debiendo operar con los organigramas autorizados.
Las modificaciones a las estructuras de las dependencias o entidades del sector educativo creadas mediante acuerdo o convenio con la Federación se sujetarán a las disposiciones normativas, así como a las que emita la autoridad educativa federal competente y a la suficiencia de recursos presupuestales del estado.
Los sueldos y prestaciones de los servidores de mando medio y superior de las entidades incluyendo los del sector educativo se homologarán a los que se otorgan en la administración pública estatal centralizada.
Se deberán aplicar estrictamente los tabuladores de sueldo aprobados, evitando adicionar otras prestaciones o conceptos para conformar las remuneraciones de los servidores públicos.
Cuando sea estrictamente necesaria la contratación de personal eventual, se realizará, previa evaluación de la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría de Finanzas y Administración y en su caso autorizada por la Comisión de Gasto-Financiamiento. Los recursos autorizados por este concepto no podrán incrementarse durante el ejercicio fiscal.
En el caso de las entidades paraestatales, las solicitudes de autorización ante la Comisión de Gasto-Financiamiento, deberán acompañarse de la autorización de sus Órganos de Gobierno y sólo procederán cuando se cuente con recursos excedentes para cubrir dicha petición o bien, compensados de su mismo presupuesto asignado. Aunado a las solicitudes deberán contener un estudio de costo beneficio, fuente de financiamiento y su vigencia.
Los recursos previstos en servicios personales que por alguna causa no se ejerzan se considerarán economías y serán cancelados por la Secretaría de Finanzas y Administración, sin que para ello se requiera aprobación por parte de los ejecutores de gasto. Estos recursos podrán ser reasignados al final del ejercicio fiscal para mantener un balance presupuestario sostenible.
En ningún caso dichas economías podrán utilizarse para la creación de nuevas plazas, contratación de personal eventual o de personas físicas por honorarios sin autorización de la Comisión de Gasto- Financiamiento.
You must be logged in to post a comment Login