En el estado de Michoacán queda prohibido realizar tatuajes, micro pigmentaciones, prótesis y perforaciones en jóvenes menores de 18 años, así como en personas drogadas, ebrias o con trastornos mentales, de acuerdo con decreto del Congreso local que homologa la normatividad local con la Ley General de Salud.
Con 19 votos a favor, 3 en contra y 18 ausencias, el Poder Legislativo determinó prohibir los puestos ambulantes donde se realizan tatuajes o perforaciones, al alertar sobre riesgos de salud pública tales como reacciones alérgicas, infecciones en la piel, problemas dermatológicos y enfermedades transmitidas por la sangre, como infecciones por bacterias resistentes o hepatitis B y C.
Los jóvenes de 16 y 17 años de edad podrán tatuarse, siempre y cuando vayan acompañados por sus padres o tutores con consentimiento por escrito y en formatos oficiales. Multa de hasta 200 mil pesos se impondría al establecimiento omiso, con suspensión o revocación inmediata y definitiva del permiso sanitario, sin perjuicio de las respectivas responsabilidades penales.
Según un estudio de la UNAM, el 32% de los mexicanos tiene al menos un tatuaje, lo que refleja un aumento en esta tendencia. La disminución de la estigmatización hacia las personas tatuadas y la influencia de ídolos juveniles como cantantes, deportistas, artistas e influencers digitales en las redes sociales han contribuido a este incremento estadístico.
Desde el siglo XVII y hasta mediados del siglo XX, los tatuajes estuvieron asociados con criminales o con personas en prisión.
No hay registro nacional de los profesionales en la industria del tatuaje en México. En el año 2002 había alrededor de mil profesionales del tatuaje, y para el año 2019 se estima que la cifra ascendió a seis mil profesionales, según organizaciones de tatuadores en México.
La comisión de salud, que encabeza Rocío Beamonte, fue la que dictaminó las reformas al artículo 142 de la Ley de Salud del Estado aprobadas por una precaria mayoría, a partir de la iniciativa de la diputada Mayela Salas.
El nuevo decreto impone un plazo de 3 meses a todos los Ayuntamiento para levantar listados de establecimientos comerciales dedicados a tatuar, perforar, micropigmentar o aplicar prótesis. Asimismo, los ayuntamientos y las autoridades sanitarias harán operativos conjuntos para imponer sanciones a los omisos.
En México, los tatuadores necesitan tener una tarjeta sanitaria para garantizar que laboran en condiciones higiénicas. Actualmente están proliferando los “locales o puestos” semifijos o ambulantes donde se realizan tatuajes o perforaciones prácticamente con pocas o nulas medidas sanitarias, a un precio menor a los sitios avalados por la autoridad de salud, pero que en realidad son una auténtica ruleta rusa para aquellos que usan sus servicios.
La Ley General de Salud hace las siguientes distinciones laborales: el tatuador es quien hace grabados en la piel humana, metiendo colorantes bajo la piel con agujas. A su vez, el perforador introduce un decorado en la piel o en la mucosa. En tanto, el micropigmentador “pinta” la piel humana bajo la epidermis.
En Michoacán, la práctica de los tatuajes no es un mero intercambio comercial o artístico, sino un procedimiento que requiere autorización sanitaria en tanto que existen riesgos para la salud, mismos que impiden a un menor de edad someterse a tales procedimientos sin autorización de sus padres o tutores legales.
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